Suscríbete a nuestras noticias

Regístrate gratis y recibe nuestras nuevas publicaciones directamente en tu correo.

Madres, padres solos y tutores deben poner atención: durante 2026 continúa el Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras, una ayuda económica dirigida a hogares que enfrentan condiciones de vulnerabilidad por la ausencia temporal o permanente de uno o ambos padres.

El apoyo puede ser solicitado cuando la madre, el padre solo o la persona tutora trabaja, estudia o está buscando empleo, siempre que no cuente con un servicio de cuidado y atención infantil mediante instituciones públicas de seguridad social u otros medios.

De acuerdo con las Reglas de Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el programa contempla un apoyo de 1,650 pesos bimestrales por cada niña o niño. En el caso de niñas o niños con discapacidad, el monto es de 3,720 pesos bimestrales por cada beneficiario.

¿Quiénes pueden recibir este apoyo de Bienestar?

La modalidad principal está dirigida a madres, padres solos o tutores que tienen a su cargo a una niña o niño desde recién nacido y hasta un día antes de cumplir cuatro años de edad.

Cuando la niña o el niño tiene alguna discapacidad, el límite de edad se amplía hasta un día antes de cumplir seis años. La discapacidad debe acreditarse mediante la documentación médica correspondiente cuando no sea visible para el personal de la Secretaría de Bienestar.

El programa considera que existe una situación de vulnerabilidad cuando uno o ambos padres no viven en el mismo domicilio o no están presentes por circunstancias como el abandono, la búsqueda de mejores condiciones socioeconómicas o la ausencia temporal.

También pueden solicitarlo padres solos y tutores

Aunque el programa es conocido popularmente como el apoyo para madres trabajadoras, las reglas vigentes también contemplan a los padres solos y a las personas que tienen la tutoría legal de la niña o el niño.

Para efectos del programa, un padre solo es aquel que no cuenta con ningún tipo de apoyo por parte de la madre de la niña o el niño bajo su cuidado. En el caso de las personas tutoras, deben acreditar legalmente dicha condición.

¿Cuánto dinero entrega el programa?

Los montos establecidos para el ejercicio fiscal 2026 son los siguientes:

  • 1,650 pesos bimestrales: por cada niña o niño desde recién nacido hasta un día antes de cumplir cuatro años.
  • 3,720 pesos bimestrales: por cada niña o niño con discapacidad desde recién nacido hasta un día antes de cumplir seis años.

El dinero se entrega de manera directa y sin intermediarios a la madre, el padre solo o la persona tutora que esté a cargo de las niñas o los niños. La página oficial del programa señala que el medio de entrega es la tarjeta del Banco del Bienestar.

Existe un límite de hasta tres niñas o niños por hogar en el mismo periodo. La excepción aplica cuando se trata de nacimientos múltiples.

Si la niña o el niño cumple la edad límite durante un bimestre, las reglas establecen que se entrega el pago completo correspondiente a ese periodo y después se emite el último apoyo.

Requisitos para solicitar el apoyo en 2026

La persona solicitante debe cumplir con los criterios de elegibilidad y presentar la documentación requerida en los Módulos de Atención o durante los levantamientos de campo que realice el personal autorizado.

Condiciones principales

  • Ser madre, padre solo o tutor de una niña o niño dentro del rango de edad establecido.
  • Trabajar, estudiar o estar buscando empleo.
  • No contar con un servicio de cuidado y atención infantil por medio de instituciones públicas de seguridad social u otros medios.
  • Que la niña o el niño se encuentre en una situación de vulnerabilidad relacionada con la ausencia temporal o permanente de uno o ambos padres.

La Secretaría de Bienestar también da prioridad a personas que viven en municipios o localidades indígenas o afromexicanas, así como en zonas con alto o muy alto grado de marginación. Esta priorización no significa que el programa sea exclusivo para esos lugares, pero sí influye en el orden de atención cuando existen solicitudes.

Documentos que deben presentar madres, padres y tutores

Para evitar contratiempos, se recomienda preparar copias y llevar los documentos originales para cotejo. La documentación prevista en las reglas de operación incluye lo siguiente:

Documentos de la madre, padre solo o tutor

  • Identificación oficial vigente. Si la persona solicitante es menor de edad, puede presentar pasaporte, acta de nacimiento o carta de identidad emitida por el municipio.
  • Clave Única de Registro de Población, conocida como CURP.
  • Comprobante de domicilio actualizado, como recibo de energía eléctrica, agua, teléfono o impuesto predial. También puede aceptarse una constancia de residencia expedida por la autoridad local.
  • Escrito libre, bajo protesta de decir verdad, en el que se manifieste si la persona trabaja, estudia o busca empleo.
  • Constancia de estudios emitida por la institución correspondiente, en caso de que la persona solicitante sea estudiante.
  • Cartas de no afiliación al IMSS y al ISSSTE. Este requisito se excluye para las personas tutoras.

Documentos de la niña o el niño

  • Acta de nacimiento de cada niña o niño que se desea incorporar.
  • CURP de cada niña o niño.
  • En caso de discapacidad, certificado médico original expedido por una institución pública del sector salud o por un médico con cédula profesional y especialidad relacionada con el tipo de discapacidad, cuando esta no sea visible.

Las reglas indican que la documentación debe presentarse en un plazo no mayor a ocho meses. Si transcurre ese periodo sin completar los documentos, el Comité Técnico del programa puede determinar lo conducente.

¿Dónde se realiza el registro?

El registro es presencial. La solicitud debe entregarse en las oficinas de la Delegación de Programas para el Desarrollo o en los Módulos de Atención de la entidad federativa correspondiente.

Suscríbete a nuestras noticias

Regístrate gratis y recibe nuestras nuevas publicaciones directamente en tu correo.

La página oficial del programa informa que las convocatorias se abren a lo largo del año y que ahí se comunicará el siguiente periodo disponible. Al momento de esta publicación, no se encuentra confirmada una fecha nacional única de registro para septiembre de 2026.

Por ello, las personas interesadas deben consultar los canales oficiales de la Secretaría de Bienestar y ubicar el módulo que corresponda a su entidad. El horario señalado en las reglas de operación para las áreas de Atención Ciudadana y los Módulos de Atención es de 9:00 a 18:00 horas, aunque conviene verificar previamente la disponibilidad local.

El apoyo no se entrega automáticamente

Uno de los puntos importantes es que cumplir con el perfil no significa que el depósito se active de manera inmediata. La persona debe presentar la solicitud, entregar la documentación y esperar la validación e incorporación al padrón de beneficiarios.

Las reglas señalan que el orden de incorporación depende de la fecha de registro, de los espacios que se liberen por bajas y de la disponibilidad presupuestal del programa. También se pueden realizar verificaciones en campo.

Quienes ya formaban parte del padrón al 31 de diciembre de 2025 y cumplen con los criterios establecidos para 2026 pueden continuar como beneficiarios, conforme a las reglas vigentes.

¿Qué pasa si cambia la situación familiar?

Las personas beneficiarias deben mantener actualizada su información. Si existe un cambio de domicilio, debe notificarse de inmediato a la Delegación de Programas para el Desarrollo de la entidad correspondiente.

También es importante informar cualquier modificación en el número de niñas o niños bajo cuidado, así como presentar la documentación que acredite legalmente la responsabilidad sobre ellos cuando sea necesario.

El programa puede suspender o dar de baja a una persona beneficiaria cuando se detecten incumplimientos, inconsistencias, falta de comprobación o cuando la niña o el niño llegue a la edad límite. Las causas específicas se encuentran en las Reglas de Operación 2026.

No confundas este apoyo con una beca escolar

El Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras no es una beca escolar. Su objetivo es contribuir a los gastos de manutención, cuidado y atención infantil durante la primera infancia.

Por lo tanto, no se requiere que la niña o el niño esté inscrito en una escuela para acceder a la modalidad dirigida a menores de cuatro años, o de seis años cuando existe una discapacidad. Sí deben cumplirse las condiciones de vulnerabilidad, cuidado y documentación establecidas por la Secretaría de Bienestar.

Conclusión

Madres, padres solos y tutores que trabajan, estudian o buscan empleo pueden revisar si cumplen con los requisitos de este programa federal. El monto general es de 1,650 pesos bimestrales por cada niña o niño, mientras que el apoyo para una niña o niño con discapacidad asciende a 3,720 pesos bimestrales.

La recomendación es no entregar dinero a gestores ni intermediarios. La incorporación se realiza mediante los canales de la Secretaría de Bienestar y queda sujeta a la validación de documentos, al orden de registro y a la disponibilidad presupuestal.

Para conocer el módulo correspondiente y cualquier convocatoria vigente, consulta únicamente la información oficial de la Secretaría de Bienestar y del programa. Si una fecha de registro o una convocatoria específica no aparece en esos canales, debe considerarse como un dato pendiente de confirmación.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto entrega el apoyo para madres trabajadoras en 2026?

El programa contempla 1,650 pesos bimestrales por cada niña o niño. Cuando la niña o el niño tiene discapacidad, el monto es de 3,720 pesos bimestrales.

¿Hasta qué edad se puede recibir este apoyo?

La modalidad principal cubre a niñas y niños desde recién nacidos hasta un día antes de cumplir cuatro años. Para niñas y niños con discapacidad, el límite es hasta un día antes de cumplir seis años.

¿Ya existe una fecha nacional de registro para septiembre de 2026?

No se encuentra confirmada una fecha nacional única para septiembre de 2026. La página oficial indica que las convocatorias se abren a lo largo del año, por lo que se debe consultar la Secretaría de Bienestar y los Módulos de Atención de cada entidad.

Fuentes consultadas

Grid

Convocatoria nacional de Salud: contratarán médicas, médicos, enfermeras y personal para nuevos consultorios

La Secretaría de Salud anunció una convocatoria nacional para incorporar médicas, médicos, enfermeras, enfermeros y personal licenciado, técnico y auxiliar …

Madres, padres y tutores: este apoyo de Bienestar entrega hasta 3,720 pesos bimestrales por hija o hijo

Madres, padres solos y tutores que trabajan, estudian o buscan empleo pueden solicitar este apoyo de Bienestar para niñas y …

Tarjeta Violeta:ya concluyó, ¿habrá otra fecha?

La información que circula sobre el trámite de la Tarjeta Violeta en COBACH Nueva Tijuana corresponde al periodo de registro …

Paquete Económico: así busca apoyar a las MiPyMEs y ampliar los pagos electrónicos

La presidenta Claudia Sheinbaum informó que el Paquete Económico 2027 incluye nuevas medidas para facilitar trámites y respaldar a las …

Desde la Cuna: quiénes pueden recibir $1,200 bimestrales PARA BEBE

El programa Desde la Cuna 2026 contempla hasta seis apoyos bimestrales de $1,200 para niñas y niños de cero a …

Suscríbete a nuestras noticias

Regístrate gratis y recibe nuestras nuevas publicaciones directamente en tu correo.